Comité de Ética de Investigación de la Universidad

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Presentación

La Universidad Europea del Atlántico, más allá de la obligación a que la normativa impone, ha considerado necesaria la constitución de un Comité de Ética encargado de la evaluación y seguimiento de sus programas y proyectos de investigación debido a la existencia de muchos aspectos que requieren de regulación por existir cuestiones de enorme complejidad como son, entre otros, la responsabilidad ante la sociedad, valores éticos ligados a sus fines, objetivos y valores como institución, siendo este Comité el garante de todos ellos.

De la aplicación de estos objetivos, se asegura que toda labor de investigación se realice garantizando la dignidad, integridad e identidad de quienes forman parte del estudio, así como que las prácticas realizadas para ello, el tratamiento de los datos y su difusión, van en esa misma línea.

Estos principios, ligados a los de la comunidad científica, permitirán que el Comité, y por tanto también las investigaciones que se realicen bajo su marco de actuación, se constituyan como un referente de respeto al marco legal para garantizar la calidad de las investigaciones realizadas, así como al respeto a la dignidad; consentimiento libre e informado de todo participante; confidencialidad y privacidad, entre otros.

Ámbito de actuación

El CEI de la Universidad tiene atribuidas sus funciones y responsabilidades respecto al total de los proyectos de investigación que se realicen por parte de cualquier miembro de la comunidad universitaria, así como por cualquier persona cuyos datos puedan proceder de cualquier elemento, componente, etc. de la Universidad Europea del Atlántico.

Quedan por tanto integradas también todas sus Facultades, Centros, Institutos…o cualquier otro tipo de organización o asociación que formen parte de ella o estén adscritos a la misma, y todos los investigadores, personal, colaboradores… ligados a ellas.

Es de especial importancia este hecho por el interés por parte de la institución de garantizar que toda investigación, realizada directamente o indirectamente a través de UNEATLANTICO, cumpla con sus exigencias para salvaguardar su identidad a nivel de investigación.

Ningún tipo de investigación dentro de ese marco podrá ser realizada sin la autorización previa por parte del CEI de UNEATLANTICO.

Procedimiento

El proceso de evaluación por parte del CEI constituye un requisito indispensable para asegurar la integridad de la actividad científica y la protección de los derechos fundamentales de los participantes. Para el inicio de dicho procedimiento, se requiere la preparación de una documentación exhaustiva que permita analizar el impacto ético y legal de la investigación propuesta.

El expediente de solicitud debe integrarse, en primer lugar, por el formulario oficial de solicitud debidamente cumplimentado y una memoria pormenorizada del proyecto donde se detallen el marco teórico y la metodología aplicada. Es de especial relevancia la correcta elaboración de los documentos destinados a los sujetos de estudio; la hoja de información debe redactarse en términos comprensibles para el público no especializado, mientras que el formulario de consentimiento informado debe garantizar fehacientemente la voluntariedad de la participación. Una vez completado el envío —incluyendo el compromiso de confidencialidad y, de ser preceptivo, la acreditación del seguro de responsabilidad civil—, la documentación se remitirá por vía telemática a través de los formularios habilitados para ello que pueden encontrarse en el apartado Solicitudes de esta página web.

Tras la recepción de los archivos, se pone en marcha un protocolo de revisión. El Comité tarda una media de 30 días naturales para la emisión del dictamen correspondiente, asegurando así que toda investigación bajo el amparo de la Universidad se ajusta a los estándares internacionales de bioética y a la legislación vigente.

Una vez evaluado el proyecto, se notificará la resolución alcanzada al investigador principal del proyecto. En caso de dictamen favorable, se podrá proceder al inicio de la fase de trabajo de campo o recogida de datos. Si se requiere la subsanación de deficiencias, se otorgará un plazo de diez días para la presentación de las correcciones necesarias, que deberán volver a ser evaluadas por parte del CEI. Se recuerda que la obtención del informe favorable conlleva la obligación posterior de notificar cualquier incidente grave durante el desarrollo del estudio y de cumplir con los periodos legales de custodia de la documentación, garantizando en todo momento la seguridad y el tratamiento confidencial de los datos obtenidos.

Documentación

Figuran a continuación los documentos que, en función del tipo de investigación, deberán aportarse en formato PDF, por lo que deberá exportarse del actual a ese antes de ser incluidos en el formulario:

  1. SOLICITUD DEL PROYECTO
  2. HOJA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
  3. INFORMACIÓN DEL PROYECTO
  4. CONVENIO CON ENTIDADES/EMPRESAS

Registro de solicitud

Para la solicitud de esa autorización, el investigador principal de la misma deberá cumplimentar uno de los siguientes formularios en función del área sobre el que se vaya a realizar:

Normativa de aplicación

Contacto

comite.etica@uneatlantico.es
*Se deja especial constancia que esta vía de contacto no será aceptada para la presentación de solicitudes de evaluación por parte del CEI

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